La norma
Con la Resolución NAC-DGERCGC26-00000027, el SRI obligó a los desarrolladores y comercializadores de sistemas de facturación electrónica a registrar esa actividad en su RUC. Los contribuyentes que emiten comprobantes con sistemas de terceros deben incluir el RUC de su proveedor como información adicional del comprobante.
El catastro ya está publicado
El primer catastro, publicado en octubre de 2026, registra 2.339 proveedores: 1.494 personas naturales y 845 sociedades. El SRI lo actualiza cada mes, en los primeros diez días hábiles.
Qué riesgo corres
Si tu proveedor no está registrado o tus comprobantes no incluyen su RUC, tu facturación queda fuera de las especificaciones técnicas del SRI, lo que expone a observaciones y sanciones en plena temporada de ventas de fin de año.
Fuentes
- Primicias: venció el plazo para el catastro de proveedores
- NMS Law: el SRI crea un registro obligatorio de proveedores
- Vistazo: proveedores de facturación electrónica deberán registrarse
Contenido informativo de carácter general, elaborado con base en las fuentes citadas y vigente a la fecha de publicación. No sustituye la asesoría sobre el caso concreto de tu empresa.
