Qué pasó
El 6 de octubre la Asamblea aprobó la Ley Orgánica Reformatoria al Código Tributario. El Presidente la objetó parcialmente y el 19 de octubre el Pleno se allanó al veto con 85 votos. El siguiente paso es su publicación en el Registro Oficial, desde la cual rige.
La multa por patrimonio no declarado
El texto aprobado fijaba multas de 1.000 a 2.075 salarios básicos, es decir, entre USD 482.000 y más de USD 1 millón con el salario de 2026. Con el veto, la multa es el 0,5 % del valor total de los bienes no reportados, se mantiene el techo de 2.075 salarios básicos y se reduce a la mitad si la declaración se presenta tarde pero antes de que el SRI notifique la infracción.
Lo que se mantiene
Solo el Presidente de la República puede reglamentar las leyes tributarias, y ningún reglamento puede crear obligaciones ni exenciones. Los recursos de revisión deben resolverse con resolución motivada en 180 días; si no, se configura la negativa tácita. Las notificaciones llegarán al buzón electrónico y a los correos que el contribuyente registre.
Por qué importa a las empresas
Los socios y administradores con patrimonio en el exterior deben revisar su declaración patrimonial, y las empresas deben tener al día los correos donde reciben notificaciones: los plazos para reclamar corren desde que se notifica.
Fuentes
- El Universo: la Asamblea se allana al veto parcial
- Expreso: cómo quedó la multa por no declarar activos en el exterior
- Primicias: la Asamblea acepta la propuesta del Ejecutivo
- EY Ecuador: alerta tributaria sobre la reforma
Contenido informativo de carácter general, elaborado con base en las fuentes citadas y vigente a la fecha de publicación. No sustituye la asesoría sobre el caso concreto de tu empresa.
